El Gobierno de España viene reclamando, de manera continuada, a las Cortes de Aragón los arcos islámicos del siglo Xl que, con motivo de la Exposición Internacional de Zaragoza y de los 25 años de las Cortes de Aragón, se cedieron para que fueran expuestos en el Palacio de la Aljafería, actual sede del Parlamento aragonés y lugar de origen de los citados arcos, y que en la actualidad se ubican entre el hemiciclo y la zona administrativa, para disfrute de sus visitantes.

“El destino de los Arcos de La Aljafería”, artículo de opinión de Carmen Martínez Romances.

La cesión inicial era por un año pero se aceptó prorrogarla, e incluía varios capiteles, frisos decorativos, los dos arcos mixtilíneos y un rosetón, conjunto de piezas en las que destacan los arcos por su valor monumental y de tasación. Se da la circunstancia de que estos arcos de la Aljafería, de incalculable valor histórico, se “regalaron” al Museo Arqueológico Nacional en 1868 por la Comisión Provincial de Monumentos.

El Palacio de la Aljafería está catalogado como Bien de Interés Cultural Inmueble, en la categoría de Monumento, resultando de aplicación al mismo, en cuanto a su protección, lo establecido por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. El artículo 14.1 de esa norma establece que:

«Para los efectos de esta Ley tienen la consideración de bienes inmuebles, además de los enumerados en el artículo 334 del Código Civil, cuantos elementos puedan considerarse consustanciales con los edificios y formen parte de los mismos o de su entorno, o lo hayan formado, aunque en el caso de poder ser separados constituyan un todo perfecto de fácil aplicación a otras construcciones o a usos distintos del suyo original, cualquiera que sea la materia de que estén formados y aunque su separación no perjudique visiblemente al mérito histórico o artístico del inmueble al que están adheridos».

Siendo los señalados arcos un elemento esencial del inmueble, y formando parte consustancial del mismo, los más elementales criterios de conservación e unidad del conjunto histórico hacen no solo aconsejable sino indispensable, a juicio de Chunta Aragonesista, que los arcos permanezcan en el lugar del que física e históricamente forman parte como es el Palacio de la Aljafería. Hablamos por tanto de una cuestión de un criterio cultural que cuenta con su respaldo normativo y apoyado , en este caso, por una ideología política que busca dignificar nuestra identidad y lograr el respeto que merece nuestro patrimonio histórico-artístico.

En este sentido, desde Chunta Aragonesista, hemos presentado sendas iniciativas en las Cortes de Aragón en las que planteamos una solución concreta, centrada en tres cuestiones esenciales:

– Transmitir a la Comunidad Autónoma de Aragón la plena propiedad de los arcos islámicos del siglo XI cedidos por el Gobierno de España, y actualmente instalados en el Palacio de la Aljafería, así como del resto de los elementos que fueron objeto de esa cesión para su exposición en el mismo recinto.

– Prorrogar la cesión de los arcos islámicos y del resto de elementos que fueron objeto de cesión, para su permanencia en el Palacio de la Aljafería hasta que se formalice la definitiva transmisión de la propiedad de esos bienes en favor de la Comunidad Autónoma de Aragón.

– Conformar una comisión paritaria Aragón-Estado de expertos con objeto de determinar la existencia de otros elementos de carácter histórico-artístico en colecciones y museos titularidad de la Administración General del Estado que por sus características resulte aconsejable albergar en sus emplazamientos originales en Aragón o en museos aragoneses.»

Ahora está en nuestra mano tratar de evitar que perdamos una parte de los bienes de nuestro patrimonio histórico-artístico. ¿Lo conseguiremos?

Artículo de opinión publicado el pasado viernes, 30 de marzo de 2018, en «Heraldo de Aragón»

“El destino de los Arcos de La Aljafería”, artículo de opinión de Carmen Martínez Romances